RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL

La Responsabilidad Social Empresarial en Venezuela
Responsabilidad Social Empresarial (RSE): Nace como un estado de conciencia, es la empresa que asume un rol ciudadano, que reconoce al “otro” dentro del entorno de su negocio. Y se dice que aunque el término comenzó a hacer eco en el país a partir de los 90, ya desde hace mas de medio siglo en Venezuela se vienen dando muestras de lo que son empresarios socialmente responsables.
En Venezuela se ha venido impulsando desde el año 2000, la promoción en el sector empresarial privado del Compromiso, la Responsabilidad Social y la Inversión Social para lograr el desarrollo sustentable, entendiéndose por éste “satisfacer las necesidades del presente sin comprometer los recursos de generaciones futuras”. Lo social se constituye en puente entre Estado, Organizaciones de Desarrollo Social y Empresa a través de espacios de reflexión, crecimiento e intercambio de experiencias como los eventos Perspectivas Sociales y Simposios de RSE que se realizan desde hace 7 años.
Entre las formas que más se utilizan en el país para ejercer la RSE destacan: el financiamiento por parte de las empresas de proyectos y su ejecución a través de Organizaciones de Desarrollo Social y/o instituciones gubernamentales; la ejecución de proyectos por parte de Fundaciones Empresariales creadas desde las propias compañías; la ejecución de proyectos con personal especializado dentro de la empresa, modalidad mixta o compartida de proyectos propios y ejecutados por terceros; proyectos gestionados por parte del grupo de voluntarios de la empresa; en convenio directo con la comunidad; en alianza tripartita (empresa-sociedad civil-gobierno) y finalmente las empresas que ejecutan sus proyectos a través de la Iglesia.
En 7 años de experiencia, y a través de estudios emprendidos sobre casos en el país. Las empresas han tomado una progresiva conciencia así como una urgente necesidad de atender el tema de la sostenibilidad como vía para lograr el mejor desempeño de su negocio, dando respuesta a nuevos actores clave: segmentos socialmente excluidos, para los que no hay productos y servicios adecuados.
Asimismo, el sector empresarial ha puesto énfasis en la medición de resultados útil para rendir cuenta a los accionistas, inversores, clientes, sociedad en general y en la planificación de negocios con sectores de bajos ingresos para generar valor social y económico a través de sus programas de Responsabilidad Social.
Los aspectos novedosos de RSE (lo que buscan crear valor a través de negocios con sectores de bajos ingresos) tienen sus propios retos como los relacionados a la estandarización de los procesos y metodologías para la replicabilidad; la incorporación del tema ambiental a estas dinámicas socio-económicas; fortalecer la gestión por resultados para efectivamente evaluar el desempeño y medir los efectos e impacto de tales acciones; la introducción del tema de la calidad y los consumidores así como los aspectos psico-sociales del emprendimiento, punto importante cuando las empresas buscan asumir el gran reto de crear valor a la sociedad comprometidos con la sostenibilidad.
Segun el Reglamento Parcial de la Ley Organica de Prevencion, Condiciones y medio ambiente de trabajo establece en su;
Artículo 5. Aspectos a incorporar en la Política Nacional de Seguridad y
Salud en el Trabajo ,además de los aspectos establecidos en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá incluir lo siguiente:
1. Programas de protección para garantizar el disfrute y el ejercicio de los derechos consagrados en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, los reglamentos y demás normas que se dicten en la materia, especialmente para aquellas personas que viven con el Virus de Inmunodeficiencia Humana o el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, las personas con discapacidad, las mujeres embarazadas, trabajadores y trabajadoras en condiciones de paternidad y maternidad, quienes presten servicios en trabajo rural, a domicilio, trabajo doméstico y
de conserjería, entre otras.
2. Estrategias que aseguren la participación protagónica de los trabajadores, las trabajadoras, patronos y patronas en materia de seguridad y salud en el trabajo.
La Ley establece la normativa reguladora del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el trabajo, incluyendo la relativa a su órgano rector: El Ministerio del Trabajo (Art. 14);Tambien en el articulo 11 establece unos aspectos novedosos relevantes.
Artículo 11. La Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá incluir tambien , entre otros, los siguientes aspectos:

1.El establecimiento y aplicación de la normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
2.La inspección y supervisión de las condiciones y medio ambiente de trabajo, así como los mecanismos y políticas de coordinación y cooperación entre los órganos y entes competentes en el área de prevención, salud y seguridad en el trabajo y de utilización del tiempo libre, descanso y turismo social a nivel nacional, estadal y municipal.
3.La formación, educación y comunicación en relación con la promoción de la seguridad y salud en el trabajo, y la prevención de los accidentes y las enfermedades ocupacionales, así como la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, para el mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores y trabajadoras y sus familiares como valor agregado al trabajo.
4.La promoción de la organización de trabajadores y trabajadoras, empleadores y empleadoras, trabajadores y trabajadoras con discapacidad laboral y de otros grupos sociales, para la defensa de la salud en el trabajo.
5.El amparo y la protección de los trabajadores y trabajadoras que actúen individual o colectivamente en defensa de sus derechos.
6.La protección de trabajadores y trabajadoras con discapacidad de manera que se garantice el pleno desarrollo de sus capacidades de acuerdo a su condición.
7.La especial atención a la mujer trabajadora a fin de establecer criterios y mecanismos que garanticen la igualdad de oportunidades e impidan su discriminación.
8.La protección de los niños, niñas, adolescentes y aprendices, de manera que garantice el pleno desarrollo de sus capacidades de acuerdo a su condición en concordancia con lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
9.La adopción de medidas específicas para el mejoramiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo y la utilización del tiempo libre, descanso y turismo social en las pequeñas y medianas empresas, cooperativas y otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicio.
10.El establecimiento de las bases y metodología de un sistema nacional automatizado de vigilancia epidemiológica, en coordinación con el Ministerio con competencia en materia de salud.
11.Los mecanismos y políticas de coordinación y cooperación entre los órganos y entes competentes en el área de seguridad y salud en el trabajo a nivel nacional, estadal y municipal.
12.Otros que le asigne esta Ley y su Reglamento.

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